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COMO ENTENDER LA REFORMA Al PENSIONISSSTE

Siete puntos para entender la reforma:

1.-El PENSIONISSSTE deja de ser una unidad administrativa del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para convertirse en una “empresa de participación estatal mayoritaria”. Esto quiere decir se transforma en una paraestatal, como PEMEX o la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

2.-Ser una paraestatal implica que se regirá bajo la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Además de tener autonomía de gestión y manejar sus propios recursos, también podría ser extinta por decreto, como ocurrió con Luz y Fuerza del Centro. En el artículo 31 de la ley se establece que cuando “ya no resulte conveniente conservarla como entidad paraestatal desde el punto de vista de la economía nacional o del interés público, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público propondrá al Ejecutivo Federal la enajenación de la participación estatal o en su caso su disolución o liquidación”.

3.-Se crea un consejo de administración con 18 integrantes. Presidido por el secretario de Hacienda y Crédito Público, e integrado por el director general de la empresa, el director general del ISSSTE, tres representantes de Hacienda, uno del Banco de México, de la Secretaría de la Función Pública, de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y 9 de organizaciones de trabajadores (que determinará la STPS). Además, 9 consejeros independientes elegidos por el Ejecutivo Federal. Este órgano se encargará de decidir el funcionamiento de la nueva empresa.

4.-En la ley se establece que el Gobierno Federal “no responderá por las obligaciones a cargo de la nueva sociedad, ni de las minusvalías por una variación negativa en el valor de las acciones." (Esto significa que si hubiera alguna variación financiera o mala inversión, el gobierno no absorbería esas pérdidas, sino que los trabajadores perderían el dinero de sus pensiones.)

5.-Se mantiene la obligatoriedad de que la nueva empresa ofrecerá la comisión más baja por la administración de los fondos de retiro, que el resto de las afores comerciales.

6.- Se modifica la facultad de la asamblea general de accionistas de poder ordenar la reinversión del remanente de operación, estableciendo que la sociedad lo reinvertirá en la proporción que el Consejo de Administración decida.
(Esto abre la posibilidad de que las ganancias no se repartan entre las cuentas de ahorro de los pensionados, como sucede actualmente, sino que se invierta en gastos de operación.)

7.- Todos los bienes y presupuesto destinado al PENSIONISSSTE pasarán a la nueva empresa. Lo mismo que los trabajadores y sus derechos.


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Publicado por enlacedigitalmich on 11:27. Archivado en . Puedes ver los post via RSS RSS 2.0.

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